Uno de las obligaciones como ciudadano es pagar impuestos, pero existen algunos servicios que te pueden ayudar a deducir impuestos
Aquí te presentamos algunos servicios que puedes tomar en cuenta y son elegibles para deducir tus impuestos.
Si eres persona física tienes derecho a presentar en tu declaración anual algunas deducciones personales de servicios que seguramente no sabías.
Las deducciones personales son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la declaración del ejercicio correspondiente.
Las deducciones personales son:
Salud
Puedes deducir distintos servicios del sector salud y aplican si son presentados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
Los gastos hospitalarios y medicinas que estén incluidos en las facturas de los hospitales, los comprobantes de farmacia no proceden.
También puedes deducir honorarios de enfermeras, análisis, estudios clínicos y la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
Las prótesis aplican, así como la compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
Además de las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
Es importante saber que estos gastos de salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para el que paga los impuestos, su cónyuge o concubina, padres, abuelos, hijos y nietos.
Educación
Son deducibles las colegiaturas de instituciones privadas con validez oficial de estudios, desde el nivel preescolar, hasta bachillerato o equivalente por los siguientes montos, los cuales son los límites anuales de la deducción:
- Preescolar: 14,200 pesos.
- Primaria: 12,900 pesos.
- Secundaria: 19,900 pesos.
- Profesional técnico: 17,100 pesos.
- Bachillerato o equivalente: 24,500 pesos.
Para hacer efectivo este beneficio, requieres contar con el comprobante de pago correspondiente.
Es importante saber que cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.
Las cuotas de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles; mientras que el transporte escolar aplica para deducir impuestos sólo si es obligatorio.
Otros
Gastos funerarios de tu cónyuge o concubina, para tus padres, abuelos, hijos y nietos, se pueden realizar con cualquier medio de pago y se debe de contar con la factura.
Intereses reales devengados y pagados por créditos hipotecarios, destinados a casa habitación contratados por el sistema financiero INFONAVIT o FOVISSSTE, siempre que el crédito otorgado no exceda las setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
Es importante saber que no serán onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos).
El monto de los donativos no debe de exceder de 7% los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.
Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de planes personales de retiro (Afores).
El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.
El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
¿Qué es la UMA?
La Unidad de Medida y Actualización es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de obligaciones y supuestos previstos en leyes federales, entró en vigor en 2016 para sustituir al esquema de Veces Salario Mínimo (VSM).