En la Unión Europea se acaban de ajustar los criterios legales con respecto a los derechos de autor, hecho que vaticina una transformación profunda en la manera de divulgar contenidos por medio de las plataformas digitales, internet, aplicaciones móviles y demás canales tecnológicos desarrollados para la divulgación de información.
Y es que el Parlamento Europeo -que regula distintas legislaciones para su homologación en los países integrantes de la Unión Eurpoea- aprobó recientes modificaciones al Artículo 13, las cuales prohíben la divulgación libre de contenidos cuyos derechos de autor estén debidamente protegidos.
La regulación incluye también plataformas digitales que se desarrollan a través de internet, por lo que sitios y aplicaciones como Youtube, Instagram, Twitter y Facebook, entre otras, deberán pagar a editores, creadores y titulares de los contenidos que se divulguen a través de sus plataformas.
La votación para estas adecuaciones al Artículo 13 se dio en el Parlamento Europeo con 348 votos a favor, 274 en contra y 36 abstenciones y se prevé que en dos años como máximo sea implementada al interior de los países integrantes de la UE.
¿Cómo afectará a las plataformas digitales esta nueva medida? Generará altos costos para la divulgación de contenidos populares que poseen copyright y tal vez estos tiendan a disminuir la frecuencia de reproducciones que hoy tienen.
Esto tal vez obligue a usuarios de plataformas recurrir a otro tipo de contenidos más libres y promueva la generación de contenidos audiovisuales independientes en Europa.
Pero hay contenidos que no entrarían dentro de las restricciones por derechos de autor para su divulgación a través de internet. Entre las excepciones está la generación de memes -por tratarse de contenidos de parodia-, enciclopedias digitales sin ánimo de lucro -como Wikipedia-, plataformas y software libre o con código abierto, servicios de comunicación y otras instancias-.
La nueva legislación, en opinión de algunos, hace responsables a las plataformas digitales de reconocer a los creadores de los contenidos que se divulgan, labor que había sido endosada a los usuarios de plataformas digitales.
Ya se verá con el tiempo qué dimensiones alcanza esta adecuación legislativa, la cual podría también limitar la libertad que han tenido hasta ahora los cibernautas melómanos, cinéfilos y amantes de múltiples contenidos consolidados para divulgar -casi siempre sin ánimo de lucrar- entre sus conocidos aquellos contenidos de su preferencia.