Como parte de la Fase 1 de la contingencia ambiental por ozono, este 8 de junio deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas los siguientes vehículos:
En el glosario de la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema), la contingencia ambiental se define como una situación eventual y transitoria declarada por las autoridades competentes cuando se presenta o se prevé con base en análisis objetivo o en el monitoreo de la contaminación ambiental, una concentración de contaminantes o un riesgo ecológico derivado de actividades humanas o fenómenos naturales que afectan la salud dela población o al ambiente, de acuerdo con las normas oficiales mexicanas.
En ese sentido, la Comisión Ambiental de la Megalópolis, organismo dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, anunció que este martes se registró una concentración máxima de ozono de 156 partes por billón en la estación de monitoreo Santa Fe, en la alcaldía Álvaro Obregón, por lo que se activó la fase 1 de contingencia ambiental. Esto se derivó por el centro de alta presión próximo a la Zona Metropolitana que se intensificó por la tarde, mismo que incrementó la estabilidad atmosférica en el transcurso del día, aunado a las altas temperaturas registradas hasta de 30 grados.
En resumen, como parte de la Fase 1 de la contingencia ambiental por ozono, este 8 de junio deberán SUSPENDER su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas los siguientes vehículos:
- Vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Autos de uso particular con holograma de verificación tipo 1, cuyo último dígito número sea:1, 3, 4, 5, 7 y 9, así como aquellos su matrícula esté conformada sólo por letras.
- Autos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los autos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, se les aplica la misma restricción que a los vehículos con holograma 2.
- Los coches de carga local o federal dejarán de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentran en el Programa de Autorregulación de Ciudad o el Estado de México.
- Los taxis con holograma de verificación 1 o 2 que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicas en los los primeros dos puntos, se les aplica la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
En tanto, los vehículos que están EXENTOS de las restricciones son:
- Vehículos eléctricos e híbridos.
- Coche que tenga holograma “00” y “0”, cualquiera que sea su uso excepto los que tengan engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
- Coches de usos particular destinados en circunstancias urgentes, como para atender una atención médica.
- Autos de uso particular de trabajadores del sector salud en todas sus especialidades.
- Los taxis podrán circular de 5:00 a 10:00 horas los días con restricción Programa Hoy No Circula, independientemente de su holograma.
- Autos de emergencia como bomberos, rescate, protección civil y de vigilancia ambiental.
- Autos destinado a cortejos fúnebres y transportes de servicios.
- Vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase 1.